martes, 4 de marzo de 2014

Aprobados los currículos básicos de Educación Primaria y de Formación Profesional básica

Viernes, 28 de febrero de 2014
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria y otro por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica un Real Decreto del 4 de diciembre de 2009, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica de Educación.
Estos dos Reales Decretos constituyen los primeros desarrollos reglamentarios de la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE). Con ellos, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte garantiza el calendario de implantación de la LOMCE a partir del próximo curso académico 2014/2015.
Los currículos se han desarrollado en diálogo con todos los sectores implicados, a partir de un borrador elaborado por los grupos de trabajo constituidos en el Ministerio. Además, se ha consultado con profesionales, con sociedades y con Reales Academias. Por medio de Internet, también cualquier ciudadano español o del extranjero ha podido enviar sugerencias. Tras esa primera fase, se ha hablado y se han acogido las aportaciones de las Comunidades Autónomas.
Los dos Reales Decretos han pasado toda la tramitación reglamentaria. Cabe destacar que el Consejo de Estado no ha hecho observaciones esenciales ni ha identificado ningún problema de invasión competencial. Buena parte de las observaciones formuladas se han recogido en estos Reales Decretos.
El resultado son los dos Reales Decretos finalmente hoy aprobados, con el siguiente calendario de implantación:
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EDUCACIÓN PRIMARIA
Las asignaturas se dividen en tres bloques, cuya definición depende básicamente de cómo se reparten las competencias: entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los centros escolares.
El Estado es el responsable del contenido de las asignaturas troncales: Lengua, Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales y Lengua Extranjera. Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales se desdoblaron del antiguo Conocimiento del Medio para darle más importancia a las materias de carácter científico.
Cuadro de troncales, específicas y de libre configuración autonómica:
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El Estado define en las asignaturas troncales el contenido curricular, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, mientras que en las específicas define solamente los criterios de evaluación. Corresponde a las Comunidades Autónomas, sobre la base de esos criterios que tienen que cumplir los alumnos para superar la evaluación, desarrollar el contenido curricular. Es decir, las Comunidades Autónomas tienen tiempo ahora para desarrollar el contenido curricular de las asignaturas específicas.
En cualquier caso, como el Ministerio redactará todos los contenidos curriculares para Ceuta y Melilla, también de las asignaturas específicas, las Comunidades Autónomas que quieran los podrán utilizar, por completo o en parte.
Más adelante se publicarán los currículos de la ESO y del Bachillerato, siguiendo con la misma lógica.
Los currículos de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa son más esquemáticos que los que se elaboraron con la Ley Orgánica de Educación. Aunque parece que son más voluminosos, no es por el contenido curricular, sino por los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, que ahora se incluyen y que no eran parte constitutiva del desarrollo de la Ley Orgánica de Educación.
Evaluaciones
Hay dos evaluaciones importantes: una, en tercero de Primaria, que es diagnóstica, para la detección precoz de problemas y para cambiar un sistema como el actual por otro que percibe las complicaciones a tiempo, y así poder darles solución; y otra, de final de etapa de Primaria, que es orientativa.
Las evaluaciones, además, señalizarán que hay que incluir las competencias, que se evoluciona de un sistema basado exclusivamente en la memorización de contenidos a otro en el que los estudiantes tienen que saber aplicar esos conocimientos a la solución de problemas. Ello requiere un cambio metodológico en la forma de enseñar en el aula muy importante. Ya no se trata de memorizar el libro de texto, sino, de resolver problemas complejos, desarrollar espíritu crítico y trabajo en equipo. Este es, del mismo modo, un desafío para los profesores.
Han desaparecido los ciclos y sólo se configura una única etapa de Primaria, con lo cual también corresponde al ámbito de decisión de la autonomía de los centros decidir cómo se reparten los contenidos por cursos.
Para facilitar el cambio metodológico, una de las herramientas más importantes que se utilizarán serán las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), que permitirán una atención más individualizada al alumno, dotarán a los profesores de cursos de formación online especiales, se podrán compartir las buenas prácticas, etcétera.
FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
Como medida esencial para la reducción del abandono temprano de la educación y de la formación, la LOMCE ha creado los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica, una nueva trayectoria formativa motivadora y accesible para todos los estudiantes que muestren interés por las titulaciones de la Formación Profesional.
Los nuevos títulos de Formación Profesional Básica permitirán a muchos alumnos continuar sus estudios en las enseñanzas aplicadas a partir de los quince años en lugar de abandonar el sistema educativo o permanecer cursando estudios de Educación Secundaria Obligatoria sin éxito. El alumno o sus padres o tutores legales podrán elegir esta opción sin que ello suponga un camino sin retorno, dado que podrá obtener el título de graduado en la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) tras realizar la evaluación final de dicha etapa. Queda, así, abierto el camino a los estudios de Bachillerato, si así se desea, o a continuar estudios de Formación Profesional.
Estos ciclos incluyen, además de lo desarrollado con carácter general para la Formación Profesional, módulos relacionados con las ciencias aplicadas y sociales que permitirán al alumnado alcanzar y desarrollar las competencias del aprendizaje permanente y proseguir estudios de enseñanza postobligatoria. Se trata de módulos que tienen una mayor carga de asignaturas instrumentales, ya que se persigue que estos alumnos tengan un nivel de formación más exigente.

Oferta obligatoria y carácter gratuito
Los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica serán de oferta obligatoria y carácter gratuito, y tendrán una duración de dos cursos académicos. Van dirigidos a alumnos entre quince y diecisiete años que hayan cursado tercero de la ESO o, excepcionalmente, segundo de la ESO, previa recomendación del equipo docente de Educación Secundaria Obligatoria, y con el consentimiento de los tutores legales o del propio alumno si está emancipado. También se prevé la impartición de ciclos de Formación Profesional Básica para estudiantes que accedan con más de diecisiete años en centros de educación de personas adultas.
Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. La tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración.
La Formación Profesional Básica es un pilar fundamental porque se conforma como el primer ciclo de la Formación Profesional de forma clara, mientras que los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) que había hasta ahora no pertenecían claramente a ningún ámbito, ni al de la ESO ni al de la Formación Profesional.
Hay cambios en cuanto a los profesores y a los centros que pueden impartir esta Formación Profesional Básica, que son más restrictivos; pero habrá un período de transición de dos años para que el cambio sea gradual.
Al principio se ofertarán catorce títulos. Se irá ampliando y también se puede escoger la modalidad de Formación Profesional Básica Dual.
Cuadro de troncales, específicas y de libre configuración autonómica:
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